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Vol. 43. Issue 158.
Pages 88-93 (April 2008)
Vol. 43. Issue 158.
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Declaración de consenso del COI. Acoso y abuso sexuales en el deporte. Año 2006
The IOC Consensus statement on sexual harassment and abuse in sports. 2006
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PANEL DE EXPERTOS DE LA COMISIÓN MÉDICA DEL COI

Miembros del panel

Arne Ljungqvist (Suecia)

Presidente, Comisión Médica del COI

Margo Mountjoy (Canadá)

Coordinadora de la declaración de consenso, Comisión Médica del COI

Celia Brackenridge (Reino Unido)

Asesora del programa: Profesora de Ciencias del Deporte (Deporte juvenil), Escuela de Deporte y Educación, Universidad de Brunel

Kari Fasting (Noruega)

Asesora del programa: Profesora del Departamento de Estudios Sociales y Culturales, Escuela noruega de Ciencias del Deporte

Participantes

Steven Boocock (Reino Unido)

Director de la Unidad Deportiva y de Protección Infantil, Sociedad Nacional para la Prevención de la Crueldad Infantil

Charlotte Bradley-Reus (México)

Presidenta de la ONG Demusa, periodista, investigadora

Joy Bringer (Gales)

Psicólogo de deportes de categoría superior para el Consejo de Deportes de Gales

Paulo David (Suiza)

Agente de derechos humanos de las Naciones Unidas, Derechos Humanos en Deporte Juvenil

Margery Holman (Canadá)

Profesor en el Departamento de Cinesiología en la Universidad de Windsor

Sheldon Kennedy (Canadá)

Ex jugador de hockey de la NHL, fundador de "Respect in Sport" (Respeto en el deporte)

Kimie Kumayasu (Japón)

Profesora adjunta e investigadora colaboradora en el Centro de Estudios Femeninos en la Universidad de la prefectura de Osaka, Facultad de Artes y Ciencias Liberales

Secretaria general de la Sociedad japonesa de Estudios de Género y Deportes

Sandra Kirby (Canadá)

Presidenta olímpica y profesora de Ciencias del Deporte, Departamento de Sociología, Universidad de Winnipeg

Trisha Leahy (Hong Kong)

Jefa de Servicios Científicos y de Atletas, Instituto de Deportes de Hong Kong

Petra Moget (Países Bajos)

Consejera principal del Comité Olímpico Holandés sobre Acoso y Abuso Sexuales, científica del movimiento humano y consejera principal de deportes de élite

Debbie Simms (Australia)

Directora, Ética deportiva, Comisión Australiana de Deportes (abogada, especialista en procedimientos y políticas)

Jan Toftegaard-Stoeckel (Dinamarca)

Doctor y profesor adjunto en la Universidad de Dinamarca del Sur, Instituto de Deportes y Biomecánica

Ian Tofler (EE.UU.)

Psiquiatra deportivo, especialista e investigador clínico

Maarten Weber (Países Bajos)

Psicólogo policial, inspector jefe de policía, consejero del Comité Olímpico Holandés sobre acoso y abuso sexuales


DECLARACIÓN DE CONSENSO: ACOSO Y ABUSO SEXUALES EN EL DEPORTE

En su función de fomentar y proteger la salud del atleta, la Comisión Médica del COI reconoce todos los derechos de los atletas, incluyendo el derecho a disfrutar de un entorno deportivo que aporte seguridad y apoyo. En dichas condiciones, los atletas tienen más posibilidades de prosperar y mejorar en su rendimiento deportivo. Acoso y abuso sexuales son vulneraciones de los derechos humanos, con independencia de entorno cultural, que pueden dañar tanto la salud a nivel individual como a nivel de organización. A pesar de que es de sobra conocido que el deporte ofrece posibilidades importantes de desarrollo personal y social, éstas se ven afectadas cuando se producen dichos problemas. Acoso y abuso sexuales se producen en todo el mundo. En el deporte, dan origen al sufrimiento de los atletas y de otras personas, y a responsabilidades legales, financieras y morales para las organizaciones deportivas. Estos problemas afectan a todos los deportes, ya que se producen a cualquier nivel de rendimiento. Todos los actores del deporte comparten la responsabilidad de identificar y evitar el acoso y el abuso sexuales, así como de desarrollar una cultura de dignidad, respeto y seguridad en el deporte. En particular, las organizaciones deportivas velan por la seguridad y por ello deberían demostrar una autoridad férrea a la hora de identificar y erradicar estas prácticas. Un sistema deportivo saludable que confiera poderes a los atletas puede contribuir a la prevención del acoso y abuso sexuales tanto dentro como fuera del ámbito deportivo.

El presente documento es una síntesis de la información científica de la que se dispone en la actualidad sobre las diferentes formas de acoso y abuso sexuales, los factores de riesgo que pueden poner sobre aviso a la comunidad deportiva a fin de que se intervenga de forma anticipada y los mitos que desvían la atención de estos problemas. Además, propone una serie de recomendaciones a fin de alcanzar mayor perceptibilidad, desarrollo e implementación de políticas, educación y prevención, y aumento de las buenas prácticas.

DEFINICIÓN DEL PROBLEMA

Acoso y abuso sexuales en el deporte son la consecuencia de relaciones y abusos de poder. El acoso sexual hace referencia a la conducta hacia una persona o un grupo de personas, que implica un comportamiento físico, verbal o no, de carácter sexual, independientemente de que sea o no deliberado, legal o ilegal, y que se basa en un abuso de poder y confianza que la víctima o algún testigo consideren no deseado o forzado. El abuso sexual hace referencia a cualquier actividad sexual a la que no se dé o no pueda darse consentimiento. En el deporte, suele implicar la manipulación y al engaño del atleta. Acoso y abuso sexuales se producen en una cultura de organización que facilita dichas oportunidades. En realidad, se trata de síntomas de la pérdida de autoridad en el deporte. El acoso por causas de género, el hostigamiento y la homofobia son en conjunto aspectos de acoso y abuso sexuales continuos en deporte (apéndice 1). El acoso por causas de género consiste en el tratamiento despectivo de un género u otro de forma sistemática y repetida, pero no necesariamente sexual. El hostigamiento implica unos rituales iniciáticos abusivos que suelen presentar componentes sexuales y en los que los recién llegados son el principal objetivo. La homofobia es una forma de prejuicio y de discriminación que comprende desde un resentimiento pasivo a un trato discriminatorio activo de personas homosexuales, bisexuales y transexuales.

PRUEBAS CIENTÍFICAS: FRECUENCIA, RIESGOS Y CONSECUENCIAS

La investigación indica que tanto el acoso como el abuso sexuales se producen en cualquier deporte y a cualquier nivel, y parece ser que con mayor frecuencia en el deporte de élite. Los miembros del entorno del atleta que ocupan puestos de poder y autoridad suelen ser los principales autores, aunque los compañeros de los atletas también suelen identificarse como autores y normalmente son con más frecuencia personas del sexo masculino que del sexo femenino.

Los atletas son acallados por el proceso de acoso y abuso sexuales. El riesgo de acoso y abuso sexuales es mayor cuando hay una falta de protección, una motivación elevada del autor y una alta vulnerabilidad del atleta (sobre todo en lo que respecta a la edad y la madurez). No existen pruebas de que la cantidad de ropa o el tipo de deporte sean factores de riesgo, sino que son sólo mitos. La investigación identifica situaciones de riesgo en los vestuarios, en las instalaciones deportivas, en los viajes, en la casa o en el coche del entrenador y en los acontecimientos sociales, sobre todo en aquellos en los que está presente el alcohol. Las presentaciones de equipo o las celebraciones de final de temporada también pueden dar lugar a un comportamiento de abuso sexual contra personas o grupos.

La investigación demuestra que el acoso y abuso sexuales en el deporte pueden afectar de forma grave y negativa a la salud física y psicológica del atleta, dando lugar a una reducción del rendimiento y provocando la marginación del atleta. La información clínica indica que las enfermedades psicosomáticas, la ansiedad, la depresión, el abuso de sustancias, las autolesiones y los suicidios son algunas de las graves consecuencias para la salud. Las actitudes pasivas o las de no intervención, negación y/o silencio por parte de personas con puestos de poder en el deporte (en particular, testigos) acrecientan el daño psicológico de acoso y abuso sexuales. La ausencia de intervención por parte de un testigo también genera en las víctimas la impresión de que los comportamientos abusivos y de acoso sexuales son legales y socialmente aceptados y/o que los deportistas no pueden hacer nada para denunciarlos.

RELACIONES EN EL DEPORTE

El acoso y el abuso sexuales en el deporte no discriminan por motivos de edad, sexo, raza, orientación sexual o discapacidad. Los atletas proceden de diferentes orígenes culturales y familiares y son el centro de un sistema de relaciones dedicado a ayudarles a alcanzar su potencial deportivo. En las relaciones del atleta con miembros de su entorno (entrenadores, personal médico y científico, administradores, etc.) hay en todo momento una diferencia de poder que, en caso de abusarse de ella, puede conducir al acoso y abuso sexuales y, en particular, a relaciones de explotación sexual con atletas.

Para que se produzcan estas relaciones se debe compartir una buena parte de tiempo en el entorno emocionalmente intenso del deporte competitivo. Esta situación puede conducir al atleta a un riesgo de aislamiento en una relación de control donde se vulnera su poder y derecho para tomar decisiones.

Todos los adultos del entorno de un atleta deben adoptar políticas definidas en cuanto a sus funciones, responsabilidades y límites relacionales que sean apropiadas. Una de las condiciones esenciales es que cada miembro del entorno y otras figuras con autoridad se mantengan dentro de los límites de una relación profesional con el atleta.

ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN

Entre las estrategias de prevención aceptadas se incluyen políticas asociadas a códigos de buenas prácticas, educación y formación, mecanismos de apoyo y denuncia y sistemas de control y evaluación. Con independencia de las diferencias culturales, cada organización deportiva debería implantar estas disposiciones en su totalidad.

La política es una declaración de intenciones que demuestra un compromiso para crear un entorno seguro y respetuoso para todos. La política debería establecer cuáles son los requisitos en relación con el fomento de derechos, bienestar y protección. Asimismo, permite a la organización intervenir de forma inmediata, imparcial y justa ante una denuncia o acusación, así como tomar medidas disciplinarias, penales y de otro tipo, según corresponda.

Los códigos de buenas prácticas definen unos criterios de comportamiento aceptables que, si se siguen, servirán para implementar la política. Los criterios de comportamiento establecen un parámetro definido de lo que es aceptable o no y pueden ayudar a minimizar las posibilidades de acoso y abuso sexuales y las acusaciones sin fundamento (apéndice 2).

RECOMENDACIONES

Todas las organizaciones deportivas deberían:

1. Desarrollar políticas y procedimientos para prevenir el acoso y el abuso sexuales.

2. Controlar la implementación de estas políticas y procedimientos.

3. Evaluar el impacto de estas políticas para identificar y reducir el acoso y el abuso sexuales.

4. Desarrollar un programa de educación y formación sobre acoso y abuso sexuales en su(s) deporte(s).

5. Fomentar y demostrar una autoridad justa, respetuosa y ética.

6. Promover colaboraciones sólidas con padres/tutores para la prevención del acoso y abuso sexuales.

7. Fomentar y apoyar la investigación científica en torno a estas cuestiones.

A través de la prevención del acoso y abuso sexuales en el deporte, éste pasará a ser un entorno más seguro, saludable y positivo para todos.

En caso de divergencias entre la versión en inglés y las versiones traducidas de la declaración de consenso, prevalecerá la versión en inglés.


Bibliografía

Esta lista que no es definitiva, sino simplemente indicativa de algunas de las fuentes de este tema.

Australian Sports Commission. 2006. Ethics in Sport - Member Protection. Disponible en: www.ausport.gov.au/ethics/memprot.asp

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WomenSport International Position Statement on Sexual Harassment in Sport. Disponible en: www.womensportinternational.org

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